Primer Congreso contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo

 

En el Primer Congreso contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo del Banco de Reservas, el administrador general, Samuel Pereyra, destacó la importancia de abordar desafíos actuales como la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. Se hizo hincapié en la lucha contra la corrupción, el proceso de investigación, sanciones y requerimientos de la banca corresponsal, así como en la conciencia sobre esquemas piramidales. Heiromy Castro, director de Cumplimiento, resaltó el hito en la lucha colectiva contra el crimen a nivel mundial. Se promovió la cultura de cumplimiento para la Familia Reservas y se conmemoró el Día Nacional de la Prevención del Lavado de Activos. Charlas, paneles y exposiciones se centraron en diversos aspectos del tema, con la participación de destacados ejecutivos del Banco. El propósito de la celebración fue abordar la prevención de este ilícito y contribuir a la articulación de estrategias para el desarrollo de políticas orientadas a realizar negocios seguros y confiables.






Tambien puedes ver nuestro panel - "De-Risking, sanciones y requerimientos de la Banca Corresponsal" en el siguiente enlace.

 

 

Lavado de Activos

El Lavado de Activos es el proceso mediante el cual individuos, compañías y organizaciones de naturaleza delictiva buscan dar apariencia lícita a bienes o activos que derivan de actividades ilegales o delitos precedentes, tal como se establece en la Ley No. 155-17, la cual tiene como foco la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

Para una comprensión más profunda y detallada de los múltiples aspectos de nuestro programa de cumplimiento, les invito a explorar la siguiente documentación disponible.

 

Documentos

 

Preguntas Frecuentes

1. ¿Que son los beneficiarios finales?

La persona física que ejerce el control efectivo final sobre una persona jurídica, estructura jurídica o patrimonio de afectación, o tenga como mínimo el 20% de capital de la persona jurídica, incluyendo a la persona física en beneficio de quien o quienes se lleva a cabo una transacción, conforme los criterios establecidos por la Ley Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, su reglamento de aplicación y el presente instructivo.

 

· 2. ¿  Que es la Debida Diligencia?

Es el conjunto de procedimientos, políticas y gestiones mediante el cual las EIF, intermediarios cambiarios y las fiduciarias establecen un adecuado conocimiento sobre sus clientes y relacionados, actuales y potenciales, beneficiarios finales, permanentes u ocasionales, vinculados de forma presencial o remota; así como de las actividades que realizan para la mitigación de los riesgos de LAFTPADM.

 

3. ¿ Qué son PEP?

Se refiere a la persona física que desempeña o ha desempeñado, durante los últimos tres (3) años, altas funciones públicas, destacadas y prominentes, por elección o nombramientos ejecutivos, en el territorio nacional o en un país extranjero. Incluye, pero no se limita, a todos los funcionarios obligados a presentar declaraciones juradas, conforme a la Ley núm. 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio del 8 de agosto de 2014 y sus modificaciones. Luego de agotado el período de tres años (3) contemplado por la normativa, las EIF, los intermediarios cambiarios y las fiduciarias podrán, conforme con sus políticas, designar o mantener a los ex PEP como clientes de alto riesgo.